TSJ admitió demanda a favor del matrimonio igualitario
VENEZUELA | SICCI (Caracas – VIE.29.ABR / Redacción Prensa ADNalt) – Este jueves 28 de abril el TSJ procedió a publicar la Decisión No 313 de la Sala Constitucional dándole Admisión a la Demanda de Nulidad por Inconstitucionalidad del Articulo 44 del Código Civil que estaba en manos de la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, Presidenta del máximo organismo judicial venezolano.
En diálogo con la WebRadio #LaViglietti María Helena Ramírez, activista de los movimientos de sexo diversidad se mostró complacida por la actitud tomada por parte del TSJ aunque admitió que se avecina un nueva lucha, ahora frente a la Asamblea Nacional “dominada por los factores de la derecha” para que efectivamente “se proceda a legislar la modificación del artículo 44 en particular que es el que se refiere a la unión entre hombre y mujer, ahora la nueva redacción debería establecer la unión entre dos personas independientemente de su sexo”, indicó Ramírez.
La demanda en cuestión había sido interpuesta el 29 de enero de 2015 por AC Venezuela Igualitaria de la mano del Abog. José Manuel Simons y su Presidente Ing. Giovanni Piermattei, y la cual fue motivo de varias adhesiones de movimientos sociales, ONG;s y particulares durante los meses subsecuentes busca anular parcialmente el Artículo 44 del Código Civil venezolano (cuya ultima modificación data de 1982) el cual consideramos es el único instrumento jurídico que prohíbe expresamente el matrimonio entre personas de igual sexo y/o género, lo que significaría la apertura definitiva para una Ley de Matrimonio Civil Igualitario.
Esta decisión abre las puertas en Venezuela a que las personas del mismo sexo puedan unirse legalmente y acceder a una serie de beneficios sociales y económicos, incluso el plantearse la posibilidad de llegar a la adopción en caso de matrimonio de personas del mismo sexo.
Acceda desde aquí a la sentencia del TSJ al respecto
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